En la mañana de hoy, ha sido publicada en el DOCM la Resolución de la Dirección General de Medio natural de fecha 26/11/2020, por la que se acuerda la apertura perimetral de nuestra región, permitiendo que puedan entrar y salir cazadores, para el control de especies cinegéticas por SOBREABUNDANCIA.

Modalidades permitidas y condicionantes:

 

a) Para cazadores residentes en Castilla-La Mancha, que cacen dentro de la región: Todas las modalidades tanto de caza mayor como menor, y todas las especies autorizadas en el plan de ordenación cinegética que contemple el coto.

 b) Para cazadores de fuera de la región que vengan a cazar a Castilla-La Mancha:

1º) Que su Comunidad de residencia permita la salida de su perímetro.

2º) Sólo se les permite la actividad cinegética por control de sobreabundancia: incluyendo todas las modalidades de caza mayor contempladas en su Plan de Ordenación Cinegética.

Respecto de la caza menor, únicamente se permite la caza de conejo en todas su modalidades, y solamente en aquellos cotos incluidos dentro de la declaración de Comarca de Emergencia Cinegética de Castilla-La Mancha aprobada por Resolución de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de fecha 17/04/2020.

3º) Tendrán que contar con el documento expedido por el titular del coto u organizador, que indique la fecha de la cacería, número de coto, modalidad a practicar y que se le autoriza a realizar tal control al amparo de la citada Resolución.

 

Entrada en vigor: Desde las 00:00 horas del día 28 de noviembre de 2020.

 

Otras medidas que se deben observar:

 

1.- Cumplimiento del protocolo COVID-19, para cacerías en Castilla-La Mancha.

2.- En el desplazamiento no se permiten acompañantes. Solo podrá desplazarse la persona o personas que participan en la cacería, sin acompañantes.